Recientemente ha salida a la luz pública la polémica sobre la prueba caligráfica de las firmas de los duques de Palma.

En El Mundo han publicado el siguiente artículo sobre el asunto:
La sección segunda de la Audiencia de Palma ha rechazado la petición de Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en el caso Nóos, de que se haga una prueba caligráfica para comprobar que las firmas de las actas de la mercantil Aizoon son de la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin.

El tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Manos Limpias después de que el juez de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, rechazara por dos veces pedir esa prueba caligráfica para verificar su autenticidad porque consideró que practicarla de todas las firmas que se atribuyen a los duques de Palma que figuran en documentos de esta causa haría «caprichosamente inacabable» la instrucción de este caso.

El juez rechazó además la prueba caligráfica porque ni Urdangarin ni la Infanta han puesto en duda la autenticidad de sus firmas ni se han sentido afectados por «hipotéticas falsedades» de las mismas.

Manos Limpias insistió en reclamar esa prueba ante la Audiencia y alegó que la consideraba «útil y necesaria para la investigación» para «obtener la verdad material sobre la realidad de unas firmas» que figuran en las actas levantadas ante notario de la empresa que poseen los duques de Palma al 50 por ciento.

El fiscal del caso Nóos se opuso al recurso por entender que resultaba indiscutida la autenticidad de las firmas.

La sala segunda de la Audiencia desestima el recurso de Manos Limpias porque considera que el derecho a utilizar los medios de prueba para la defensa no conlleva «una admisión indiscriminada» de todas las que se propongan por las partes.

Según el tribunal, la Constitución garantiza las pruebas «pertinentes» para la defensa y por tanto «decisivas» para ella.

La sala no aprecia utilidad en la prueba «pues la firma a la que se alude no es cuestionada por su titular» y además Manos Limpias podría interrogar ante supuestas contradicciones al respecto durante el juicio oral.